El fútbol amateur en Chile opera sin ninguna ley que obligue a garantizar seguridad. Ni ambulancias, ni guardias, ni protocolos. Miles de partidos cada semana en un vacío legal absoluto.
En un partido oficial de la Copa de Campeones organizada por la ARFA Quinta Región entre Cerro Alegre y Estrella Roja, en la comuna de San Antonio, se desataron graves hechos de violencia que terminaron con un jugador de Estrella Roja fallecido y otros heridos.
La ARFA respondió suspendiendo todos los torneos regionales, anunciando querellas criminales y publicando un comunicado donde calificó a los responsables de "lacras". Medida reactiva. La pregunta real es: ¿qué medidas preventivas existían ANTES de que alguien muriera?
En Chile existe la Ley 19.327 que regula la seguridad en el fútbol profesional: obliga a tener ambulancias, guardias, cámaras, planes de seguridad y responsabiliza a los organizadores. Para el fútbol amateur — donde juegan más de 3.600 equipos en 313 asociaciones — no existe absolutamente nada equivalente. Cero regulación. Cero fiscalización. Cero obligaciones legales de seguridad.
O sea: la ARFA y ANFA organizan torneos masivos, cobran inscripciones, manejan plata... pero legalmente nadie los obliga a garantizar que no te maten en una cancha.
Misma pelota, mismo deporte, misma pasión. Pero regulación completamente distinta. Las obligaciones del fútbol profesional están en la Ley 19.327 y su Reglamento (Decreto 1.046). Para el amateur: no existe equivalente.
La Ley 19.327 regula exclusivamente los "espectáculos de fútbol profesional". Su artículo 1° lo dice textualmente. No existe ninguna ley chilena que regule la seguridad en eventos de fútbol amateur. El programa Estadio Seguro (Subsecretaría del Interior) solo tiene competencia sobre el fútbol profesional. La Ley 19.712 — Ley del Deporte crea el IND con facultades de supervigilancia sobre organizaciones deportivas (art. 14), pero no establece obligaciones específicas de seguridad para eventos amateur.
La Asociación Nacional de Fútbol Amateur (ANFA) administra 313 asociaciones locales con más de 3.628 equipos. Las ARFA regionales — como la ARFA Quinta Región, creada en 1977 — organizan los torneos, inscriben clubes, designan árbitros y cobran inscripciones. Cuando organizas un evento que reúne a cientos de personas, asumes un deber de cuidado. El Código Civil chileno establece que quien organiza una actividad con riesgos previsibles responde por los daños derivados de su negligencia (responsabilidad civil extracontractual, arts. 2314-2329).
Los municipios administran gran parte de las canchas donde se juega fútbol amateur, pero no tienen obligación legal explícita de proveer seguridad en estos eventos. No hay coordinación institucionalizada entre municipio, asociación local y fuerzas de orden para partidos amateur.
España tiene la Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. A diferencia de Chile, esta ley no se limita al fútbol profesional: se aplica a todas las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal organizadas por entidades deportivas o autorizadas por federaciones. Incluye un Registro Central de Sanciones Deportivas (compartido entre todas las federaciones), una Comisión Estatal contra la violencia en el deporte, y obliga a todos los organizadores a implementar Protocolos de Seguridad adaptados al nivel de riesgo (abreviado, básico o complementario) según el Real Decreto 203/2010.
Tras la tragedia de Hillsborough (1989, 97 muertos), Inglaterra creó el Football Spectators Act 1989 y la Sports Grounds Safety Authority (SGSA). Para el fútbol base (grassroots), la Football Association (FA) implementó en 2023 un sistema de puntos de penalización por conducta: los clubes acumulan puntos por incidentes de violencia, y al llegar a un umbral, pueden perder la acreditación o ser expulsados de la competencia. En 2025, ya habían sido removidos 20 equipos. También implementaron bodycams para árbitros en ligas amateur de alto riesgo y un protocolo de "Captains Only" donde solo el capitán puede hablar con el árbitro.
Si bien Argentina tiene graves problemas de violencia en el fútbol, su Ley 20.655 al menos establece que el órgano de aplicación puede establecer sanciones disciplinarias a dirigentes, deportistas, árbitros y cualquier persona vinculada al deporte amateur y/o profesional (art. 3, inciso s). Es decir, la ley argentina no excluye al deporte amateur de su ámbito regulatorio como sí lo hace la chilena.
Ninguna de estas medidas requiere miles de millones. Solo requieren voluntad política y que las organizaciones que manejan el fútbol amateur dejen de operar como si no tuvieran responsabilidad alguna.
Modificar el artículo 1° de la Ley 19.327 para incluir torneos oficiales de fútbol amateur organizados por ANFA y las ARFA regionales, con protocolos de seguridad proporcionales al tamaño del evento. No pides lo mismo para un partido de barrio que para una final regional. España ya hace esto con sus protocolos escalonados (Real Decreto 203/2010, art. 5).
Para todo partido oficial de torneo ANFA/ARFA: kit de primeros auxilios, persona capacitada en RCP, teléfono de emergencia disponible, y un encargado de seguridad designado por el club local. Costo estimado: prácticamente cero. El municipio puede proveer el kit y la capacitación la puede dar el SAMU o Bomberos en una jornada. Inspirado en las medidas de seguridad grassroots de la FA de Inglaterra.
Un sistema centralizado donde cada asociación local registre sanciones por violencia. Si un jugador o dirigente es sancionado en Valparaíso, que no pueda inscribirse en Santiago como si nada hubiera pasado. España tiene el Registro Central de Sanciones Deportivas desde 2007 y funciona.
Implementar un sistema de penalización acumulativa donde los clubes reciben puntos por incidentes de violencia. Al superar un umbral: intervención obligatoria, plan de acción y suspensión si no mejoran. En 2025, la FA de Inglaterra ya removió 20 equipos con este sistema. No cuesta plata, solo voluntad.
Obligar a las ARFA a evaluar antecedentes de violencia entre clubes ANTES de programar partidos. Si hay historial de incidentes, el partido se juega en cancha neutral, sin público visitante, o con presencia policial. La ARFA Quinta Región ya hizo algo parecido cuando le quitó la localía a Almendral Alto por motivos de seguridad en 2026. El mecanismo existe, solo falta que sea obligatorio y no discrecional.
Establecer por ley que ANFA, las ARFA y las asociaciones locales son solidariamente responsables por los daños ocurridos en eventos que autorizan, cuando no hayan exigido medidas mínimas de seguridad. Esto ya se discutió para el fútbol profesional en las modificaciones a la Ley 19.327 (2024). Aplíquenlo al amateur.
Obligar a ANFA y todas las ARFA regionales a publicar anualmente sus ingresos, gastos y destino de recursos. El IND ya tiene facultad de supervigilancia (Ley 19.712, art. 14), pero no la ejerce con la rigurosidad necesaria. Si cobras inscripciones y cuotas federativas, la comunidad futbolística tiene derecho a saber en qué se gasta esa plata.
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